Todos los niveles de la Educación Básica Regular, así como de Técnico Productiva, están obligados a portar esta prenda de cabeza como parte de su uniforme escolar, decisión que desde el año pasado ha sido implementado en la región, con la salvedad que en el presente periodo se pondrá énfasis en el cumplimiento de la norma emitida por la Gerencia Regional de Educación.
En tal sentido, las unidades de Gestión Educativa Local son responsables de la ejecución y evaluación de la presente directiva en su ámbito jurisdiccional, debiendo para ello los directores de los indistintos colegios, en coordinación con el personal directivo y docentes, disponer las acciones de gestión institucional y pedagógica pertinentes con el propósito de lograr los objetivos propuestos, que es que la mayoría de la población educativa adopte lo dispuesto por la Gerencia Regional.
Como se recuerda, desde el año pasado se implementó esta norma, obrándose inicialmente a manera de concientización entre la población educativa, sin embargo en el presente periodo, su utilización será exigida, no sólo en desfiles y otras actividades fuera del plantel, sino también en su interior y de forma cotidiana. Adicionalmente hay que recordar que esta prenda, que forma parte del uniforme escolar, debe reunir las siguientes características: ser confeccionada en tela dril, en doble capa, siendo la interna de color oscuro y la externa en color claro, pudiendo ser de los colores del uniforme del plantel.
Adicionalmente la copa tendrá en los costados orificios para que ingrese el aire, así como el ala del mismo deberá ser de ocho centímetros, en el caso de que sea utilizado por estudiantes de secundaria, mientras que para los de nivel de inicial y primaria, este diámetro variará de acuerdo a la edad. El ancho del sombrero debe cubrir la nariz, orejas y nuca.
Igualmente, en esta directiva se establece que los directores de los planteles deberán incluir en el reglamento interno, la utilización obligatoria de blusas y camisas de manga larga, así como establecer que el alumnado no debe estar expuesto directamente a la radiación solar desde las 10:00 a 16:00 horas, en eventos, ceremonias, representaciones y otros.
Fuente: El Pueblo