miércoles, 2 de marzo de 2011

SE PERMITIRÁ A ESCOLARES ASISTIR AL COLEGIO SIN UNIFORME POR ESPACIO DE DOS MESES

Al menos, en los dos primeros meses del año escolar, el uso del uniforme no es obligatorio, tanto en colegios particulares como estatales, pudiendo el padre enviar a sus hijos sin temor a alguna sanción o llamada de atención, señaló el especialista de la Gerencia Regional de Educación, Hernán Robles Fernández.


Es más, especificó que el tiempo que se da a los padres o tutores es prudencial, para que así, en el caso de los colegios particulares, puedan adquirirlo de acuerdo a las especificaciones que determina el plantel en donde el estudiante ha sido inscrito, no pudiendo ni la dirección ni los docentes limitar del derecho de ingresar a clases o de participar de las actividades educativas al escolar que aún no cuente con la indumentaria requerida.

En el caso específico de los colegios estatales, la situación es casi similar, pues el alumno deberá, en algún momento, portar el uniforme, precisamente porque de no contarse con los fondos necesarios se puede hacer las gestiones pertinentes para lograr el apoyo de la comunidad educativa o simplemente vestir el uniforme que es dado gratuitamente por el Estado a miles de planteles.

Otro aspecto del que hay que dar cuenta, es que si bien es cierto se da un plazo prudencial a los padres de familia para que el alumnado porte el uniforme, ello no ocurre con el sombrero, el cual deberá ser utilizado desde el primer día de clases, tanto en sus actividades cotidianas como en aquellas que se realicen en fechas y eventos especiales.

En este sentido, la especialista Consuelo Cárdenas Guillén resaltó el hecho que el Ministerio de Educación ha considerado el uso de esta prenda como parte del uniforme escolar, detallando así que Arequipa ha sido la región impulsora de esta norma, la cual ahora ha sido acogida a nivel nacional.

Es más, comentó que si el año pasado se trabajó concientizando al alumnado y los docentes, en este 2011 se pondrá especial énfasis en el uso de esta prenda de cabeza, procurando que no sólo sea utilizada cuando delegaciones de niños y jóvenes participen en actividades al aire libre como desfiles y ceremonias, sino también en el día a día.

Como es de conocimiento, la utilización de esta prenda está normada a nivel regional y en ella se ha establecido que el sombrero deberá ser elaborado en tela drill y en dos colores, el interior en oscuro y el exterior en claro, además, deberá tener agujeros para permitir el acceso de aire.


Fuente: El Pueblo