El destino que seguirá la acción de amparo presentada por la empresa Peruval. Corp, actual accionistas del concesionario Ferrocarril Trasandino (Fretrans) y del operador PeruRail, contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) por la ruta de trenes Cusco a Machupicchu, no fue definido.
El caso fue visto ayer en la Ciudad Blanca por el Pleno del Tribunal Constitucional (TC), los magistrados determinaron concluir la vista de la causa, y en 30 días emitirán el fallo sobre el lío legal por la operación que se originó en la ciudad Imperial, donde concurren visitantes nacionales y extranjeros.
La empresa Peruval. Corp presentó la acción de amparo en contra del Decreto Supremo 031-2007-MTC que promovió la competencia en todas las rutas ferroviarias existentes, y permitió el ingreso desde hace año y medio de Andean Rail y IncaRail, que se sumaron a PeruRail, que ya opera cerca de 10 años.
Alan Carlos Alarcón Canchari, Procurador Público Adjunto, indicó que, de ser declarado fundado el pedido realizado por Peruval, el Estado tendría que anular los contratados con Andean Rail y IncaRail, generando un monopolio en la ruta, con el perjuicio del incremento de tarifas afectando a los usuarios.
El D.S. 031-2007-MTC modifica algunos requisitos exigidos en el D.S. 032-2005-MTC, para obtener el permiso de operación restringida otorgado por el MRT, con la finalidad de que exista mayor acceso de empresas interesadas en la operación de la ruta de trenes Cusco a Machupicchu.
La empresa Peruval alega que el D.S. 031 viola la intangibilidad del contrato y la seguridad jurídica, porque flexibiliza los requisitos. Cuestionan que en el D.S. 032-2005 se solicitaba copia de los estados financieros auditados de los últimos cinco años, y en el D.S 031-2007 ya no fue incluido.
Además, que el concesionario, en este caso Fretrans será solidariamente responsable con los operadores de servicios (Andean Rail e IncaRail y otros nuevos) de ocurrir algún accidente en la ruta; entre otras modificaciones.
Sin embargo, Alarcón Canchari indicó que, de acuerdo a una adenda al contrato de concesión del Ferrocarril del Sur y Sur Oriente, en enero de 2010, el concesionario será solidariamente responsable sólo con su operador de servicio de transporte ferroviario vinculado, es decir, en este caso con PeruRail.
Sobre la flexibilizaciones, señaló que antes no se solicitaba capital social mínimo a las empresas interesadas en operar la ruta, ahora sí; además, antes tampoco se solicitaba un periodo de experiencia mínimo 5 años continuos, ahora sí.
La empresa Peruval solicita que la demanda de amparo sea declarada fundada y se revoque la sentencia de la sala constitucional del Cusco a favor del MTC. Entre tanto, el MTC pide dejar sin efecto la demanda. Además, aguarda que la Corte Suprema se pronuncie sobre la acción popular planteada por Ferrocarril Trasandino contra el D.S. N° 31-2007, presentada el año pasado.
Raúl Ferrero Costa, representante de la Asociación Peruana de Operadores Ferroviarios, defendió la vigencia del D.S. N° 31-2007, porque impide el monopolio. Además, mencionó el perjuicio que originaría admitir la demanda, por la venta adelantada de pasajes realizado por los operadores Andean Rail e IncaRail.
DATOS
*En 14 meses los tres operadores de la ruta de trenes Cusco a Machupicchu, vendieron 150 mil boletos. Entre PeruRail, Andean Rail e IncaRail, originan anualmente un movimiento económico de 30 millones de dólares al año.
*Fretrans tienen la concesión del ferrocarril del sur y sur oriente.
Fuente: El Pueblo