sábado, 17 de marzo de 2012

NUEVE ALCALDES DISTRITALES DE AREQUIPA OPINAN SI EL GERENTE DE SEDAPAR DEBE CONTINUAR O DAR UN PASO AL COSTADO




Tras soportar intensas descargas de lluvias, sentir al día siguiente los pestilentes olores de buzones colapsados en cualquier parte de la ciudad, y por la tarde ver como el agua de tuberías matrices se entremezclaban con la lluvia, teniendo como consecuencia el corte abrupto para toda la zona dañada al día siguiente, es en resumen, parte de una realidad que vivimos los arequipeños durante los meses de enero, febrero y parte de marzo. Realidad triste, grave y patética que era seguida de una larga espera en las líneas del call center de la empresa SEDAPAR.


Por estas y muchas razones, varios alcaldes comenzaron a murmurar, “destituir al gerente de la empresa y reemplazarlo por una persona más eficiente, sería la solución”, y de hecho, los tambores de guerra en contra de la actual administración de la EPS en Arequipa, no se hicieron esperar. Los primeros golpes, los dio el regidor de mayoría Richard Cacely Calisaya, pidiendo se acuerde desde el pleno municipal pedir en la próxima sesión de accionistas de SEDAPAR, a nombre del municipio provincial, la destitución ipso facto de Xavier Zagaceta Maldonado, por INEFICIENTE.



Dado el primer paso, inmediatamente el aludido respondió con “lo reto  a ese señor a un debate técnico para sustentar su pedido”, palabras que al otro lado de la trinchera motivaron a otro regidor a exigir se declare A SEDAPAR COMO EMPRESA NO GRATA PARA ARQUIPA por ser incapaz de atender el pedido de los usuarios.

Iniciando así una larga cola de dimes y diretes, donde participaron nueve alcaldes distritales, entre ellos:




NOMBRE Y MUNICIPO

¿ESTÁ DE ACUERDO CON QUE CONTINÚE XAVIER ZAGACETA COMO GERENTE DE SEDAPAR?

German Torres – alcalde de Miraflores
SI

Hardin Abril       - alcalde de Uchumayo

No sabe
No opina
Santos Salina     - alcalde de Sabandía
Si

Ángel Linares    - alcalde de Characato
Si

Oswaldo Muñiz – alcalde de Cayma

No sabe
No opina
Miguel Ángel Cuadros – alcalde de Tiabaya
Si

Elvis Delgado      - alcalde de Yanahuara

No sabe
No opina
Omar Candia     - alcalde de Alto Selva Alegre

No sabe
No opina
 Wuilber Mendoza – alcalde de Socabaya
Si

TOTAL
5
4


Incluso el congresista Gustavo Rondón Fudinaga consideró que el actual gerente de SEDAPAR estaba en sal muera por su deficiente labor.


Pero entonces la pregunta a continuación la planteamos, si SEDAPAR tiene esta estructura de funcionamiento, aparentemente buena, ¿Por qué no es capaz de resolver nuestros más inmediatos problemas?

El debate por el bien de los arequipeños y de un servicio de calidad, a la brevedad debería comenzar, de lo contrario, nuestra empresa podría privatizarse, deparándonos un futuro muy oscuro y seco.


AYUDA MEMORIA DE ¿QUÉ ES SEDAPAR?
La EPS. SEDAPAR S.A., es una empresa pública de derecho privado, sujeta al Sistema Nacional de Control, dentro del conjunto de empresas integrantes de la Actividad Empresarial del Estado, Ley Nº 24948, a la Contaduría Pública de la Nación, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.


SEDAPAR S.A., es una empresa constituida legalmente para la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado a la población de la Región Arequipa que fue creada en el año 1961 como Corporación de Saneamiento de Arequipa.


Mediante DL. Nº 17528, se dispone que la Ex–Corporación de Saneamiento de Arequipa, se transforme en Empresa de Saneamiento de Arequipa como Empresa Pública Descentralizada del Sector Vivienda, estableciendo a través del Decreto Ley Nº 18434 su jurisdicción territorial a todo el Departamento de Arequipa.

Por Decreto Legislativo Nº 150 se modificó la estructura y funciones de la Empresa de Saneamiento de Arequipa, transformándola en una Empresa filial del SENAPA, organizada conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles vigentes a esa fecha, habiéndose aprobado su Estatuto por D. S. 048-81-VI.

Por Decretos Legislativos Nº 574 y 601 se establece el marco legal que debe ser observado para la transferencia de las Empresas Filiales y Unidades Operativas de SENAPA a las Municipalidades Provinciales y Distritales que corresponde.

En virtud del D.S. 117-90-PCM, se transfiere a título gratuito el capital que posee SENAPA a las Municipalidades Provinciales, manteniéndose la integridad e intangibilidad de los bienes de la Empresa SEDAPAR.

En cumplimiento de la Ley Nº 26338, se cambió de Razón Social a “Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa Sociedad Anónima” – SEDAPAR S.A. se adecuó y modificó el Estatuto Social e incorporó como nuevos socios a las Municipalidades Distritales que cuentan con servicio de agua potable en el Departamento de Arequipa.

SEDAPAR S.A., tiene por objeto realizar con autonomía todas las actividades vinculadas a la prestación de servicios públicos de agua potable, servicio de alcantarillado en el ámbito de su jurisdicción y responsabilidad.

Aplica políticas de desarrollo, control, operación, mantenimiento, planificación, financiación, normatividad, preparación de proyectos, ejecución de obras, supervisión, asesorías y asistencia técnica.

Puede celebrar contratos, convenios, para el cumplimiento de sus funciones, sin más limitaciones que las establecidas por Ley.

La EPS SEDAPAR S.A., como Empresa Pública de Derecho Privado, actúa con autonomía financiera administrativa con arreglo a la política general, objetivos y metas en la prestación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado dentro de la jurisdicción de su competencia.

Las Municipalidades Provinciales del Departamento de Arequipa y sus respectivas Municipalidades Distritales que cuentan con los servicios de agua y/o alcantarillado, son las titulares del capital accionariado de SEDAPAR S.A.

SEDAPAR S.A., se rige principalmente por las disposiciones legales siguientes:
Estatuto de SEDAPAR S.A.,

•             Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades
•             Ley Nº 26338 – Ley General de Servicios de Saneamiento y su Reglamento D.S. Nº 09-95-PRES.
•             Ley Nº 26887 – Ley General de Sociedades.
•             Ley de la Actividad Empresarial del Estado Nº 24948 y su Reglamento en lo pertinente.
•             Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
•             Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento D.S. Nº 184-2008-EF y sus modificatorias.
•             Ley Nº 29465 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010.
•             Resolución de Contraloría General Nº 063-2007-CG que aprueba el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control
•             Disposiciones para la Auditoria a la Información Financiera y al Examen Especial a la Información Presupuestaria, preparada para la Cuenta General de la República por las Entidades del Sector Público.


SEDAPAR S.A. goza de las prerrogativas, facultades y derechos conferidos a las Empresas Municipales, asimismo le son extensivas todas las excepciones y exoneraciones autorizadas a favor de empresas similares, sin más limitaciones que las establecidas por las propias disposiciones legales.

SEDAPAR tiene como Visión “ser reconocida como la empresa prestadora de servicios de saneamiento con mejores indicadores de gestión en el ámbito nacional, gozar de la aceptación y reconocimiento de nuestros clientes y la población en general por los servicios recibidos”.

Asimismo, su Misión es “Suministrar servicios de agua potable y alcantarillado de calidad, preservando el medio ambiente, contribuyendo a mejorar el nivel de vida de toda la población dentro del ámbito de SEDAPAR”.